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Residencia Permanente por medio del Matrimonio

Sin duda, uno de los medios más comunes para obtener una residencia legal o migrar, tanto en México como en Estados Unidos. Esta vía, también, representa el camino más corto y rápido para obtener la ciudadanía o naturalización.

Residencia legal por matrimonio

Existen algunos mitos muy difundidos respecto a este medio para convertirse en residente legal, aquí te compartimos algunos de ellos. Si estás considerando obtener una residencia en México o en Estados Unidos, es importante que conozcas algunos aspectos básicos que te compartiremos en este artículo antes de iniciar tu proceso migratorio.

Una duda muy común es ¿en dónde debe celebrarse el matrimonio para fines migratorios? Bueno, el matrimonio, en cuanto al aspecto civil, es una institución o figura jurídica de carácter universal, es decir, no importa donde se celebre mientras haya sido considerado legalmente válido. En otras palabras, no es necesario que se deba celebrar el matrimonio en Estados Unidos para poder obtener una residencia en ese país, si tu matrimonio fue en México o en otro lugar. De igual manera, el matrimonio celebrado en el extranjero es legalmente válido en México.

Residencia legal por matrimonio

Los ciudadanos o residentes pueden pedir a sus cónyuges para obtener una residencia. Otro mito es la creencia que un residente debe naturalizarse o convertirse en ciudadano para poder pedir a su cónyuge, lo cual es erróneo. Ambos pueden pedirlos, con algunas diferencias en cuanto a los tiempos de espera para poder obtener la residencia.

Con el propósito de disminuir la incidencia en fraudes migratorios cuando se solicita una residencia con base en el matrimonio, es importante tomar en cuenta que se han incluido requisitos adicionales para que los solicitantes demuestren que su matrimonio es real y de buena fe, es decir, que no solamente basta presentar un acta de matrimonio, sino que, además, es necesario mostrar evidencia de la relación matrimonial. Algunos ejemplos pueden ser actas de nacimiento de hijos en común, testimonios de personas cercanas, documentos de propieddad en común, cuentas de banco, fotografías, etc.


Los documentos adicionales pueden ser en cualquier idioma, pero los que no estén en inglés deberán incluir su traducción certificada.



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